Caja de Abogados de la Provincia de Salta

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La Caja actualizó el Régimen de Notificaciones Electrónicas

La Caja de Seguridad Social para Abogados de la Provincia de Salta informa que, mediante Resolución N° 4561/2025, el Consejo de Administración aprobó la actualización y complementación del Sistema de Notificaciones Electrónicas, con el objetivo de fortalecer la seguridad jurídica, optimizar los procedimientos administrativos y garantizar el debido proceso.


Esta medida se enmarca en las políticas de modernización administrativa, en consonancia con los principios de celeridad, economía y eficacia establecidos por la Ley de Procedimientos Administrativos, y con el mandato constitucional de organizar un sistema de seguridad social accesible, eficiente y sostenible.


Los principales puntos de actualización del nuevo régimen son:
• El correo electrónico será el medio principal, válido y fehaciente para la notificación de todos los actos administrativos de la Caja, con plenos efectos jurídicos.
• El domicilio electrónico será el correo denunciado por el afiliado, jubilado o causahabiente en su legajo, siendo obligación del titular mantenerlo actualizado y operativo.
• Las personas que no revistan la calidad de afiliados o beneficiarios deberán constituir obligatoriamente un domicilio electrónico al iniciar cualquier trámite o presentación ante la Institución.
• Las notificaciones se considerarán cumplidas al momento de su envío desde el servidor institucional, computándose desde allí los plazos administrativos y recursivos.
• Cada notificación incluirá el texto íntegro del acto administrativo, en formato digital adjunto, y la información correspondiente a los recursos disponibles, garantizando el derecho de defensa.


Este Régimen se comenzará a aplicar progresivamente en un plazo de 90 días. Es por eso que invitamos a los afiliados a actualizar su dirección de correo electrónico a través del Sistema de Autogestión o personalmente en cualquiera de las sedes de la Caja de Abogados en toda la provincia. Les recordamos que al artículo 19 de nuestro Decreto Ley 15/75 y modificatorios establece la obligación de proporcionar los datos que la Caja requiera dentro del término de 15 días.


También, se prevé la habilitación de canales alternativos de notificación en casos debidamente fundados de edad avanzada, discapacidad o vulnerabilidad tecnológica, a fin de evitar situaciones de indefensión.
La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, asegurando su plena vigencia, publicidad y oponibilidad. Puede visitarse en el siguiente link.